El Banco Central de la República Argentina (BCRA) actualizó las reglas que regulan cuánta deuda del Tesoro pueden acumular las entidades financieras en sus carteras. A través de la Comunicación “A” 8483, la autoridad monetaria amplió el listado de instrumentos que pueden integrar ese cupo, que existía desde mayo de 2025. A partir de ahora, además de las Letras de Capitalización (Lecap), los bancos podrán sumar otros títulos públicos en pesos, entre ellos los instrumentos dolar linked y los duales.

La medida no crea un nuevo techo ni habilita un aumento del stock de deuda estatal. Lo que cambia es la composición permitida de la tenencia: el cupo, que hasta ahora admitía únicamente Lecap de corto plazo, podrá completarse con una gama más amplia de papeles, incluyendo opciones con plazos más extensos.

Desde el BCRA explicaron que la decisión forma parte de un proceso de orden normativo que ya se aplicó en otras áreas del sistema financiero. Señalaron que es comparable a reformas en normativa cambiaria, esquemas de efectivo mínimo y reglas de fraccionamiento, donde se simplificaron excepciones y se clarificaron criterios. Aseguraron que el objetivo de fondo no se altera; lo que varía es la gradación en la implementación.

En ese marco, el banco emisor destacó que no se elevan los límites de exposición al sector público ni se impulsa un incremento del stock de títulos en balance de las entidades. Los niveles actuales de exposición a deuda pública, agregaron, no representan riesgo para la estabilidad del sistema financiero y el objetivo es sostener un esquema prudencial ordenado y previsible, acorde con la etapa de normalización que atraviesa el organismo.

Para entender la medida, conviene remontarse a mayo de 2025, cuando el Central fijó un límite que permitía a cada banco comprar Lecap en función de la cantidad de pases pasivos que tenía en esa fecha. Esa lógica buscaba que, a medida que el Central desarmaba su stock de pases —instrumento a través del cual absorbía liquidez—, los bancos canalicen esos pesos hacia instrumentos del Tesoro, dentro de un techo prudencial.

Lo que cambia ahora es que ese mismo cupo ya no depende exclusivamente de Lecap; podrá integrarse con cualquier título público nacional en pesos, incluyendo aquellos indexados al dólar oficial y los llamados duales. La Comunicación A 8483 especifica que quedan comprendidos los títulos emitidos de manera primaria a partir del 17 de septiembre dentro del Programa de licitaciones para asegurar la liquidez del mercado del Ministerio de Economía, así como aquellos adquiridos en el mercado secundario desde esa misma fecha.