El rubro del comercio concentra a uno de los colectivos laborales más numerosos de Argentina. Bajo el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) 130/75, supermercados, shoppings y comercios de todo tipo regulan condiciones laborales y salariales, y cada cierre paritario define tanto los haberes mínimos como la estructura de bonos y sumas no remunerativas que componen la remuneración total.
Entre los puestos clave figura el cajero de supermercado, con alta demanda en cadenas grandes y comercios de barrio. Su salario sirve como referencia para categorías equivalentes dentro del convenio, y la escala se organiza en tres fracciones: A, B y C, que reflejan distintos niveles de responsabilidad y antigüedad.
El acuerdo paritario suscrito en julio de 2026 entre la FAECyS y las cámaras empresarias estableció un incremento trimestral para el periodo julio-septiembre, además de un bono extraordinario y la continuidad de una suma no remunerativa fija heredada de negociaciones anteriores. Estas medidas ampliaron el ingreso efectivo por sobre el básico de convenio.
En septiembre de 2026, los cajeros de supermercado perciben haberes de convenio—devengados en agosto—que oscilan entre 1.322.132 y 1.335.474 pesos, según la categoría. Estas cifras incorporan el salario básico, la suma no remunerativa de 120.000 pesos vigente y la segunda cuota de 25.000 del bono extraordinario pactado en paritarias.
Desglosando la escala de septiembre, los rubros por manejo de caja, regulados por el Artículo 30 del CCT 130/75, se pagan de forma anual en cuatro cuotas trimestrales. Para las categorías A y C, el complemento anual asciende a 144.198,68 pesos (36.049,67 por trimestre). En la categoría B, el esquema es distinto: 567.825,83 pesos anuales (141.956,46 por trimestre) por ese concepto, más un adicional fijo mensual de 1.635,18 pesos por faltante de caja, conforme al acta acordada aplicable.
El ingreso final puede superar el básico de convenio, pues se suman conceptos como antigüedad, presentismo y horas extra, conforme a las condiciones particulares de cada empleado y empleador.
La FAECyS suscribió el acuerdo vigente en julio de 2026 con CAC, CAME y UDECA, estableciendo reglas que rigen desde el 1° de julio de 2026 y se mantendrán durante la vigencia acordada.