El Ejecutivo oficializó en las primeras horas de este jueves el reglamento de la Ley del Régimen Penal Juvenil N° 27.801, aplicable a adolescentes de 14 a 17 años. El decreto 875/26, suscrito por el presidente Javier Milei, el ministro de Justicia Diego Santilli y el secretario Juan Bautista Mahiques, establece cómo se llevarán a la práctica las modificaciones introducidas por la normativa.

A pesar de que la reforma posibilita que menores de 14 años sean sometidos a procesos por delitos tipificados en el Código Penal, el marco seguirá funcionando dentro de un régimen especial. Este cuerpo normativo prevé condenas, medidas alternativas y, en ciertos casos, la posibilidad de privación de la libertad.

La medida se publicó en el Boletín Oficial. Según lo dispuesto, la autoridad de aplicación será el Ministerio de Justicia, a cargo de Juan Bautista Mahiques, que tendrá la responsabilidad de coordinar la implementación, emitir normas complementarias y formalizar convenios de cooperación con provincias, universidades, organismos públicos y organizaciones de la sociedad civil.

Una de las claves del decreto es la regulación del supervisor especializado, un profesional encargado de realizar el seguimiento, brindar asistencia y ejercer control durante el proceso. Para ser designado, este perfil debe acreditar formación en áreas como educación, pedagogía infanto-juvenil, psicología, adicciones o trabajo social.

En ese marco, se creó el Registro de Supervisores del Régimen Penal Juvenil, gestionado desde la órbita del Ministerio de Justicia. Debido a que el padrón definitivo requiere convocatoria pública, se instituyó un régimen transitorio: la autoridad de aplicación presentará un listado provisorio de profesionales habilitados y contará con un plazo máximo de 180 días para lanzar la primera convocatoria. Los jueces seleccionarán al supervisor por cada causa entre los profesionales incluidos en ese listado.

Una vez consolidado el registro definitivo, quienes no se incorporen al padrón permanente perderán la posibilidad de ser asignados a nuevos casos; sin embargo, el juez correspondiente evaluará la continuidad de su actuación en las causas ya en curso.

Para lograr una implementación transversal, el Gobierno creó el Comité Interministerial del Régimen Penal Juvenil, un órgano permanente que coordinará la actuación de cuatro carteras: Justicia (con rol de coordinación); Seguridad Nacional; Capital Humano y Salud. Cada ministerio designará un representante titular y un suplente, con rango mínimo de director nacional.

Entre sus funciones, el comité deberá fijar lineamientos comunes en prevención, abordaje y reinserción; intercambiar información estadística y técnica; y emitir recomendaciones no vinculantes a la autoridad de aplicación. Asimismo, tiene a su cargo promover la articulación necesaria para la ejecución de las penas alternativas previstas en el artículo 12 de la ley.